Comercio exterior
Importación y exportación

¿Qué es FCA?

CanRullán · Comercio exterior · 2026-06-09

Introducción: El Concepto de FCA en el Comercio Internacional

En el ámbito del comercio exterior, la correcta asignación de responsabilidades entre vendedor y comprador resulta crítica para la operación logística, el cálculo de costos y la determinación de la base gravable en aduana. Para estandarizar esta asignación, la Cámara de Comercio Internacional (ICC, por sus siglas en inglés) publicó las reglas Incoterms® 2020, un conjunto de once términos comerciales que delimitan con precisión quién asume qué obligaciones en cada etapa de la cadena de suministro. Dentro de este conjunto, FCA (Free Carrier / Franco Transportista) es uno de los términos más versátiles y ampliamente utilizados en operaciones de exportación e importación, particularmente relevante para el comercio entre México, Estados Unidos y Canadá en el marco del T-MEC.

Definición Técnica de FCA

FCA (Free Carrier) es un término Incoterms® aplicable a cualquier modo de transporte —marítimo, aéreo, terrestre o multimodal— mediante el cual el vendedor cumple su obligación de entrega cuando pone la mercancía a disposición del transportista designado por el comprador, en un lugar acordado. En ese preciso momento, el riesgo se transfiere del vendedor al comprador.

La versión Incoterms® 2020 introdujo una modificación significativa respecto a ediciones anteriores: permite que las partes acuerden que el comprador instruya a su transportista para emitir un conocimiento de embarque con notación de abordo (on board Bill of Lading) a favor del vendedor, lo cual resulta indispensable cuando la operación involucra cartas de crédito documentario. Esta innovación resuelve una problemática operativa recurrente en operaciones de financiamiento bancario internacional.

Alcance de Obligaciones: Vendedor vs. Comprador

La distribución de responsabilidades bajo FCA puede resumirse en dos bloques claramente diferenciados:

Obligaciones del vendedor:

Obligaciones del comprador:

FCA en el Marco Legal Aduanero Mexicano

Aunque los Incoterms® no constituyen legislación mexicana —son reglas contractuales de adopción voluntaria publicadas por la ICC— su impacto sobre la operación aduanera en México es concreto y directo, ya que inciden en la determinación del valor en aduana.

Conforme a la Ley Aduanera y su reglamento, el valor en aduana de las mercancías de importación se determina, en primera instancia, mediante el método del valor de transacción, que corresponde al precio pagado o por pagar por las mercancías, ajustado por los elementos que señala la normativa aplicable. En la práctica, el término Incoterms® pactado define qué costos están incluidos o excluidos del precio de transacción, lo que impacta directamente en la base gravable para el cálculo del Impuesto General de Importación (IGI) y del IVA de importación.

Bajo FCA, el precio de la factura comercial refleja la mercancía puesta a disposición del transportista en origen, sin incluir el flete internacional ni el seguro. Por tanto, para calcular el valor en aduana conforme a la metodología establecida en la normativa aduanera vigente, el agente aduanal o apoderado aduanal deberá adicionar al precio de transacción los conceptos de flete y seguro hasta el punto de entrada al territorio nacional, cuando estos no estén ya contemplados en el precio.

Para efectos del aprovechamiento de preferencias arancelarias del T-MEC, la elección del término FCA no sustituye la obligación de acreditar el origen de las mercancías mediante la Certificación de Origen que establece el propio Tratado. El importador deberá contar con dicha certificación al momento del despacho o tenerla disponible ante requerimiento de la autoridad aduanera, conforme a las disposiciones del T-MEC y las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) vigentes.

Asimismo, la importación de mercancías bajo cualquier Incoterm, incluido FCA, no exime del cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) aplicables al producto, las cuales son publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y deben acreditarse ante la aduana al momento del despacho.

Consideraciones Prácticas para Operadores de Comercio Exterior

Para empresas que operan bajo el esquema FCA, los siguientes puntos resultan accionables en su gestión diaria:

Glosario

Referencias

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Cotizar importación o exportación