Comercio exterior
Importación y exportación

¿Qué es el T-MEC?

CanRullán · Comercio exterior · 2026-06-09

¿Qué es el T-MEC? Marco jurídico, estructura y aplicación práctica

El Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) —denominado en inglés United States-Mexico-Canada Agreement (USMCA) y en francés Accord Canada–États-Unis–Mexique (ACEUM)— es el instrumento internacional de libre comercio que sustituyó al Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) a partir del 1.º de julio de 2020. El T-MEC rige el comercio de bienes y servicios, así como la inversión y la propiedad intelectual, entre los tres países signatarios de América del Norte. Su entrada en vigor implicó la negociación de un acuerdo modernizado que incorpora disciplinas actualizadas en materia digital, laboral, medioambiental y de cadenas de valor.

Antecedentes y contexto normativo

El TLCAN, vigente desde 1994, había quedado rezagado frente a las transformaciones del comercio global: la economía digital, las cadenas de suministro regionales de alta complejidad y los estándares laborales no formaban parte de su arquitectura original. Tras rondas de renegociación que iniciaron en 2017, el T-MEC fue suscrito el 30 de noviembre de 2018 y ratificado por los congresos de los tres países, incorporándose al marco jurídico mexicano mediante su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y su aprobación por el Senado de la República conforme al artículo 76, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En México, el tratado tiene jerarquía normativa supralegal —por encima de leyes ordinarias pero por debajo de la Constitución—, lo que obliga a interpretar la Ley Aduanera, la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (LIGIE) y las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) de manera congruente con sus disposiciones.

Estructura del tratado

El T-MEC se organiza en 34 capítulos temáticos y numerosos anexos. Entre los capítulos de mayor relevancia operativa para operadores de comercio exterior destacan:

Reglas de origen y certificación: aplicación práctica

Para que una mercancía aproveche el trato arancelario preferencial del T-MEC, debe acreditar su carácter originario conforme al Capítulo 4. El importador mexicano, al amparo del artículo 36-A de la Ley Aduanera y las RGCE vigentes, debe conservar la certificación de origen válida al momento de la importación y declararla en el pedimento de importación. La Ley Aduanera faculta a la autoridad aduanera para verificar el origen durante un plazo determinado; si la mercancía resulta no originaria, procede el cobro de las contribuciones omitidas más recargos y, en su caso, multas. La TIGIE —apéndice de la LIGIE— es el instrumento donde se consultan las fracciones arancelarias y las tasas preferenciales pactadas, diferenciando entre bienes que ya gozan de arancel cero y aquellos en proceso de desgravación.

Implicaciones para importadores y exportadores mexicanos

Operar bajo el T-MEC requiere una gestión documental rigurosa y un conocimiento actualizado de las normas complementarias. Entre las acciones que todo operador de comercio exterior debe implementar se encuentran:

Diferencias sustanciales respecto al TLCAN

El T-MEC amplió significativamente los umbrales de contenido regional en el sector automotriz —con requisitos de VCR superiores al esquema TLCAN—, incorporó exigencias de contenido laboral de alto salario para ese sector, actualizó la protección de datos personales y propiedad intelectual incluyendo derechos de autor en el entorno digital, y extendió la vigencia del tratado a 16 años con revisiones periódicas cada 6 años, lo que introduce un elemento de certeza jurídica condicionada que los operadores deben considerar en sus decisiones de inversión y planeación de cadena de suministro.

Glosario

Referencias

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