Comercio exterior
Importación y exportación

¿Qué es el IEPS?

CanRullán · Comercio exterior · 2026-06-09

Definición y naturaleza jurídica del IEPS

El Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) es un tributo federal indirecto establecido en la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (LIEPS), publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Su objeto gravable recae sobre la enajenación en territorio nacional, la importación y la prestación de ciertos servicios considerados de impacto fiscal específico o que generan externalidades negativas. A diferencia del Impuesto al Valor Agregado (IVA) —que es un impuesto general al consumo—, el IEPS es selectivo: únicamente aplica a los bienes y servicios expresamente listados en la LIEPS.

Su naturaleza es monofásica en la importación: se causa en el momento en que la mercancía cruza la frontera y se vincula a la importación definitiva, conforme a lo dispuesto en la Ley Aduanera y las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) vigentes. El sujeto pasivo en importación es el importador, quien debe liquidar el impuesto junto con el Impuesto General de Importación (IGI) y el IVA al momento del despacho aduanal.

Base gravable y mecánica de cálculo

La base gravable del IEPS en importación se determina conforme a la LIEPS, y varía según el tipo de bien:

La fórmula general para bebidas alcohólicas, por ejemplo, implica primero calcular la cuota específica por litro de alcohol puro, y sobre ese monto adicionar el porcentaje ad valorem. Esta dualidad exige al importador conocer con exactitud el grado alcohólico certificado del producto, dato que debe estar amparado en la documentación técnica del proveedor y, cuando aplique, en la Norma Oficial Mexicana (NOM) correspondiente publicada en el DOF.

Bienes y servicios gravados

La LIEPS enumera taxativamente los bienes y servicios sujetos al impuesto. Entre los más relevantes para operaciones de importación se encuentran:

La clasificación arancelaria correcta bajo la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE), que sigue el Sistema Armonizado (SA) de la Organización Mundial de Aduanas (OMA), es el punto de partida indispensable para determinar si una mercancía está gravada con IEPS y a qué tasa.

IEPS en el contexto aduanal y del T-MEC

El IEPS se liquida en el pedimento aduanal como contribución al comercio exterior. Su pago es requisito para el despacho a importación definitiva. Las RGCE vigentes establecen los campos y claves específicas que deben declararse en el pedimento para reflejar correctamente el IEPS causado.

Respecto al Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), es importante distinguir: el T-MEC regula aranceles (IGI) y condiciones de acceso al mercado, pero no exime ni modifica la aplicación del IEPS, que es un impuesto interno de aplicación general e igualitaria conforme al principio de trato nacional previsto en el propio tratado. Es decir, una mercancía originaria de EE.UU. o Canadá puede beneficiarse de arancel preferencial cero, pero seguirá causando IEPS si el bien está listado en la LIEPS, exactamente igual que su equivalente nacional.

Obligaciones formales del importador

El importador inscrito en el Padrón de Importadores —y, cuando aplique, en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos— debe cumplir con las siguientes obligaciones relacionadas con el IEPS:

Glosario

Referencias

CanRullán
Cotizar importación o exportación